Santa Fe: la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de la provincia de Santa Fe falló a favor de la SALUD HUMANA.
La Corte Suprema de Justicia avaló una sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela, que deja firme el fallo de 1ra. instancia ante el pedido de nulidad realizado por la Municipalidad de Sastre y Ortiz ,que fue rechazado, quedando así firme la sentencia de la Cámara de Apelaciones de Rafaela, que delimita una zona de exclusión de 1.000mts alrededor de la localidad, donde no se pueden aplicar ningún tipo de agrotóxicos.
Sastre es parte del núcleo de producción extensiva de soja, maíz y trigo. “Fue difícil la lucha, hubo hostilidad de los productores agropecuarios, y apenas 50 vecinos se sumaron al principio”, comentan algunas de las personas comprometidas. Con este fallo histórico, Sastre y Ortiz, cabecera del Departamento San Martin, dejará de ser “un pueblo fumigado”.
En octubre de 2018 la pequeña Zoe Giraudo, de dos años, presentó un linfoma cuyas causas posibles eran factores ambientales. Vivía frente a los campos “donde había pasado el mosquito fumigador en febrero” relatan los vecinos. En noviembre, los papás de Zoe fueron recibidos por la Procuración General de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, que tomó el caso (recuerda su mamá). Así nació el reclamo judicial bajo la forma de un “amparo ambiental colectivo” explica.
Pero la hostilidad creció…se presentó el Recurso de Amparo y el Juez Daniel Zoso dictó una cautelar para 400 metros. Pero en enero los productores ingresan como interesados en la causa y “hacen caer la cautelar”. “Queda desprotegido el pueblo, en plena feria judicial. La causa vuelve a fojas cero y pasa al Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rafaela.”
Ahí hubo un cambio. El Juez Duilio Hail “nos escuchó”, afirman. “Preguntó dónde vivíamos, donde están los clubes, el hospital, el hogar de ancianos, las escuelas, etc. Fue muy emotiva la audiencia, catártica, llorábamos” recuerdan. El Juez Hail dictó la sentencia de 1.000 metros asesorado por el fiscal Carlos Stegmayer de Rafaela, quien actuó en otro caso emblemático, San Jorge. Allí se estableció una distancia de resguardo de 800 metros para el barrio Urquiza en el año 2009.
Con este fallo histórico de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, Sastre y Ortiz dejará de ser “un pueblo fumigado”. Y se convierte en el primer pueblo santafesino en lograr esta distancia preventiva, y el segundo en el país; el primero es Pergamino en la provincia de Buenos Aires.
Valoramos el fallo pero también debemos reflexionar que sólo se protege a una de las 365 localidades de nuestra provincia. El Poder Judicial no debe reemplazar al Poder Legislativo. La misma fundamentación que se lee en diferentes fallos de distintas localidades de la provincia se lee en el proyecto de modificación de la ley Nº11.273/95 (mal denominada de fitosanitarios) que la Multisectorial Paren de Fumigarnos viene presentando desde hace 10 años en la Cámara de Diputados/as para su TRATAMIENTO Y SANCIÓN, pero que fue perdiendo estado parlamentario (sistemáticamente) por la falta de tratamiento en dicha Cámara.
NECESITAMOS URGENTE UNA LEY QUE NOS PROTEJA!! PORQUE LA SALUD NO SE NEGOCIA!!
POR UNA AGRICULTURA SIN VENENOS!!
MULTISECTORIAL PAREN DE FUMIGARNOS – SANTA FE – 9 de noviembre de 2023.-