Entrevista realizada a la Dra. Nanci Coria

(Abogada especialista en Derecho Previsional – Gestora de ANSES

Las dudas acerca del nuevo formato del sistema jubilatorio, genera dudas que aún persisten.”EL VECINO”, entrevistó a la Dra. Nanci Coria , para despejar varias de ellas-

*¿Todavía existen las Jubilaciones para las Ama de Casa?

Sí, las Amas de Casa todavía se pueden jubilar, sin aportes, y los trabajadores en negro también pueden jubilarse.

*¿Se prorrogó la Moratoria?

Sí, pero solo para las mujeres que hasta el 23/07/2019 cumplan la edad jubilatoria mínima, o sea, 60 años de edad, y fueran menores de 65 años. Podrán jubilarse ingresando a la moratoria. A las mujeres les conviene preparar su jubilación desde ahora y no esperar hasta cumplir 60 años porque algunas necesitan completar aportes jubilatorios adhiriendo al Monotributo (Autónomo, Promovido o Social).

*¿Cómo es el Plan de Pagos de la Moratoria?

El Plan de Pagos es de hasta 60 cuotas mensuales (5 años). Estas cuotas les serán descontadas de sus haberes a las señoras, mes a mes, a medida que vayan cobrando sus jubilaciones, salvo la primera cuota que es la única que deberán pagar de sus bolsillos.

*Soy pensionada/o, ¿puedo obtener mi Jubilación igualmente con la moratoria?

Sí, siempre y cuando su Pensión no sea superior a la Jubilación mínima de la ANSES. Caso contrario, deberá abonar al contado una suma de dinero, que varía en cada caso en particular pero, actualmente, no es un monto muy grande.

*¿Hay una nueva Prestación de la ANSES?

Sí, es la Pensión Universal Para Adultos Mayores. Es para hombres y mujeres mayores de 65 años de edad. Sin aportes. No pueden tener Jubilación ni Pensión. Se necesita ser argentino nativo, por opción o naturalizado; en este caso, deberá probar una residencia legal mínima en el país de 10 años, anteriores a la fecha de solicitud. Para extranjeros, se necesita acreditar una residencia legal mínima en el país de 20 años, de los cuales 10 deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud. El titular debe vivir en el país. Podrán afiliarse al PAMI. Podrán cobrar las Asignaciones Familiares. Cobrarán un 80% de la jubilación mínima. El sueldo se actualizará cuatro veces al año. El titular puede seguir trabajando. Los aportes que genere le servirán para obtener una Jubilación Ordinaria.

*¿Existen las Jubilaciones Anticipadas?

¡Si Ud. trabajó en transporte corta y larga distancia, docente, ferroviario, agrario, enfermería, carnes, construcción, taxi, embarcado, subterráneo se le otorga el privilegio de bajar la edad jubilatoria de 65 a 55 años!

*Todavía no tengo la edad para jubilarme, pero quiero ir preparando mi Jubilación, ¿debo iniciar algún trámite?

Sí, puede acceder a la Ley de Moratoria para pagar aportes jubilatorios, al contado, en efectivo, en un único pago y luego, solicitar a la ANSES un Reconocimiento de Servicios. El importe a pagar varía en cada caso en particular pero, actualmente, no alcanza una suma muy grande. Esta moratoria le sirve para cubrir los períodos que van desde que Ud. cumplió 18 años de edad hasta el mes de setiembre de 1993, inclusive. Cabe tener en cuenta que los aportes jubilatorios se computan desde los 18 años de edad. Además, puede adherir al Monotributo, para completar los 30 años de aportes jubilatorios que exige la Ley para poder jubilarse. Su abogado debe asesorarle qué tipo de Monotributo le corresponde de acuerdo a su actividad económica, los montos a pagar, si incluye Obra Social.

* Entonces, ¿pueden adherir a la Moratoria las mujeres menores de 60 años y los hombres menores de 65?

Sí, aun antes de haber cumplido el requisito de edad mínima para jubilarse conviene que se comuniquen con nosotros al siguiente teléfono: (0341) 4515895 o celular: (0341) 153513767 a fin de concertar una entrevista personal. Los recibiremos en las oficinas de nuestro Estudio Jurídico, de Rosario, o en el Centro de Jubilados “A.O.T.A.”, ubicado en barrio Belgrano, Rosario. Realizamos todas las gestiones para preparar su futura jubilación y brindamos asesoramiento sobre Reparación Histórica de ANSES.